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TARIFA PLANA. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas

Desde el CIE le informamos de que ha sido publicada la convocatoria abierta plurianual para la concesión de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas al objeto de prolongar durante doce meses adicionales la "Tarifa Plana" en la cuota de cotización de la Seguridad Social, para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

 

La concesión de las mismas se regirá por las bases reguladoras  aprobadas mediante ORDEN de 16 de enero de 2020, y será en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado.

 

La presentación de la solicitud se realizará obligatoriamente a través de la sede electrónica del SCE, procedimiento https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/6220.

 

Las solicitudes que no se ajusten a lo expresado  no serán admitidas.

 

Bases:

Bases completas: https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/6220#

Dispone de un resumen en el siguiente enlace:

 

http://www3.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/contenido_web_estatico/contenidos_web_sce_economia_social_Subvenciones%20Tarifa%20Plana%20

 

Preguntas frecuentes:

 

¿Si comencé mi actividad como persona trabajadora autónoma antes del 1 de enero de 2018 puedo presentar la subvención?

 

No, los beneficiarios de las subvenciones tendrán que comenzar su actividad en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2018

 

¿En qué momento puedo presentar la solicitud de la ayuda?

En los tres meses siguientes a partir de la finalización del segundo año de actividad

 

¿Tengo que estar de alta cuando presente la solicitud de la ayuda?

Sí, el beneficiario de la ayuda debe seguir de alta en el momento de la solicitud de la ayuda y de la concesión de la subvención.